Una de las normas más controvertidas de la Reforma Tributaria tuvo que ver con la herramienta de fiscalización de las conductas elusivas de los contribuyentes que se entregaría al Servicio de Impuestos Internos (SII), disposición que en su momento generó una fuerte reacción del mundo empresarial y de varios expertos en la materia.
Si bien el Ministerio de Hacienda afirmó reiteradas veces que la norma pretendía entregar certeza sobre materias que ya se revisaban en los tribunales, los especialistas -y en especial los asesores tributarios- advirtieron que la norma generaba mucha incertidumbre y una discrecionalidad peligrosa en favor del SII para sancionar operaciones que a su juicio tuvieran como único fin el conseguir un ahorro tributario.
Un ejemplo que se reiteró repetidas veces durante la discusión tuvo que ver con la reorganización empresarial de una sociedad de acciones, cuando esta no tuviera efectos jurídicos o económicos relevantes, más allá del menor pago de impuestos.
Si bien a la fecha no se ha presentado ningún caso en los Tribunales Tributarios y Aduaneros, desde el SII comentan que actualmente se encuentran en plena fase de fiscalización, luego de haber esperado los cambios introducidos en la simplificación de la reforma realizada a principios de año y de la emisión en julio de la circular que interpreta la nueva normativa.
Víctor Villalón, subdirector de fiscalización del SII, afirmó que en agosto de 2016 recién se redactaron las circulares internas para aplicar la normativa, por lo que apenas llevan un par de meses “con el panorama completo de instrucciones”. Con esto en mano, el equipo de Villalón ya se encuentra estudiando algunos casos bajo esta nueva perspectiva, por ejemplo, los seguros de tipo financiero que podrían estar vulnerando el régimen de rentas pasivas de fuente extranjera. Es decir, rentas que se hacen pasar por beneficios de seguros de vida u otros, aprovechando la exención de pago de impuestos que se para estos ingresos en nuestro país.
Otro tipo de esquema que se revisa actualmente son las cesiones de promesas de compraventa de bienes raíces, donde se busca fiscalizar a quienes hacen negocios con promesas realizadas antes de que entrara en vigencia el cobro del IVA para los vendedores habituales.
Con todo, el subdirector dejó en claro que la creación de la norma antielusión “no tiene un fin recaudatorio, sino de disuadir de una conducta que lesiona no sólo la recaudación, sino el funcionamiento de los mercados y que genera ventajas competitivas artificiales”. De hecho, a fines de mes se dará a conocer un catálogo-guía que contenga las situaciones que el SII va a estudiar para saber si se está en presencia de una situación tributaria elusiva.
Incertidumbre
Más allá de las intenciones del Servicio, algunos expertos del área han puesto una nota de duda sobre la capaidad del SII de poder llevar adelante esta fiscalización en el corto plazo, mientras que la normativa propiamente tal podría tener sus propios bemoles.
Así, especialmente crítico de la norma es el director de Tax&Legal de BDO, Cristián Vargas, quien se desempeñaba como subdirector jurídico del SII mientras se redactaba esta nueva facultad de la institución. De acuerdo a Vargas, sería la “redacción oscura” de la norma antielusión lo que ha impedido que el Servicio lleve algún caso a tribunales, por lo que es necesario realizarle modificaciones. “De lo contrario se genera incertidumbre, porque no se sabe cuáles son los riesgos que tiene la eventual aplicación de la norma, lo que siempre es malo para la actividad económica”, afirmó Vargas, agregando que
A su vez, Christian Blanche, socio de Tax Advisors, planteó que “el SII tiene que buscar un caso que sea lo más fundamentado posible, porque es una norma nueva que tiene una serie de interpretaciones”. Además, el abogado tributario afirmó que “hoy están tratando de preparar la implementación de la entrada en vigencia de la reforma en 2017”.
Asimismo, Javier Jaque, socio de consultoría tributaria de EY, aseguró que en el SII estarían copados con la revisión del pago anticipado del FUT histórico, y con la implementación del cambio de régimen tributario que comenzará a operar desde enero de 2017. De todas maneras, Jaque advirtió que el SII tiene la facultad de revisar todos los casos que ocurrieron a partir de la entrada en vigencia de la ley.
Por otra parte, el director del Centro de Estudios Tributarios (CET), Gonzalo Polanco, afirmó que la herramienta antielusión fue concebida para ser de una aplicación excepcional, por lo que “no era esperable que el SII la aplicara sino en caso de planificaciones tremendamente agresivas”. Por lo mismo, Polanco señaló que “una vez entró en vigencia la norma, el mercado empezó a cambiar sus prácticas, llevando a planificaciones más cautelosas”.